Los establecimientos industriales se clasifican en tres categorías, según lo previsto en la Ley Nº 11.459 (Artículo 15) y el Decreto Reglamentario Nº 1.741/96 (Artículos 8 y 9), en base a su Nivel de complejidad Ambiental. El Municipio de Bahía Blanca tiene delegadas la facultades para el contralor de las industrias de 1º y 2º categoría en el partido.
Los controles que se realizan incluyen las siguiente acciones:
- Inspecciones por factibilidad de radicación de nuevos establecimientos.
- Evaluación y Aprobación de Estudios de Impacto Ambiental correspondientes a nuevas Industrias - Ley 11459.
- Evaluación y Aprobación de Auditorias Ambientales correspondientes a establecimientos preexistentes - Ley 11459.
- Evaluación de Estudios de Impacto Ambiental por ampliación de Industrias preexistentes. Inspecciones sobre las Industrias para verificar el cumplimiento de la legislación vigente y lo indicado en el Estudio de Impacto Ambiental y / o Auditorias Ambientales.
- Otorgamiento y Renovación de Certificados de Aptitud Ambiental.
- Control de cumplimiento de cronogramas de mejoras continuas en establecimientos que presentes impactos ambientales significativos.
- Se realizan inspecciones de manera conjunta con inspectores del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS) la Secretaría de Política Ambiental de la Provincia de Buenos Aires.
- Ejecución de actuaciones ordenadas por el Tribunal Municipal de Faltas.
- Evaluación de EIA de tendidos de ductos según lo establece la ordenanza 12.749.
Fuente: Prensa MBB