Monitoreo de Emisiones Gaseosas: alcances de la ley 12.530

En general se define el término emisión a toda descarga de sustancias en la atmósfera. Las sustancias emitidas podrán ser ó no contaminantes del aire, independientemente de su origen natural ó antrópico y dependiendo del grado de afectación al hombre ó al medio ambiente.


El punto o la superficie desde donde se efectúa la descarga se denomina "fuente", y puede emplearse para parámetros tales como: ruido, calor, gases, partículas, etc.

Estas fuentes de emisión puedes ser: automotores, maquinarias, equipos, instalaciones e incineradores, pueden ser fuentes temporarias ó permanentes, fijas ó móviles, naturales ó propias de actividades del hombre, cualquiera sea su campo de aplicación o destino.

Las fuentes fijas de emisiones son todas aquellas que están diseñadas para operar en un lugar fijo. Las fuentes móviles en cambio, son aquellas capaces de desplazarse entre distintos puntos, por ejemplo: un motor que genera y emite contaminantes.

La evaluación del impacto de las emisiones de un determinado grupo de fuentes sobre la calidad del aire requiere de un proceso de análisis complejo, debido a la propia naturaleza compleja de la contaminación del aire que resulta de la mezcla de numerosas y variadas fuentes.
Entre los factores que intervienen en este proceso de análisis caben citar:
  • Se requiere información de materias primas, identificación y descripción de equipos, posibles compuestos emitidos, tiempo de funcionamiento y proceso de generación.
  • Es necesario precisar cantidad, geometría y ubicación de los conductos, caudales emitidos, temperatura y velocidad de emisión, períodos de emisión, entre otros datos.
  • Factores meteorológicos, topográficos, brisas marinas, presencia de edificios, etc, influyen en el transporte y dispersión o mezcla de los contaminantes con los gases de la atmósfera.
  • Se debe analizar cómo se transfieren los contaminantes desde la atmósfera hacia un receptor. Se requiere información de población expuesta, epidemiológicos, concentraciones de base, etc.
Existen distintos métodos que permiten analizar el control de emisiones, y uno de los aspectos clave común a todos los métodos es el desarrollo de inventarios de emisiones. Algunas de las razones más comunes para desarrollar inventarios de emisiones incluyen:
  • Estimar los impactos en la calidad del aire a través de estudios de modelado;
  • Determinar la aplicabilidad de permisos de emisión y otros requerimientos regulatorios;
  • Determinar el grado de cumplimiento de una fuente con las condiciones del permiso de emisión;
  • Estimar los cambios en las emisiones de la fuente para las aplicaciones del permiso de emisión;
  • Determinar las especificaciones técnicas de un equipo de control de emisiones;
  • Rastrear los niveles de emisión en el tiempo;
  • Identificar las contribuciones de la emisión por categoría de fuente o por fuente específica;
  • Cumplir con los requerimientos de la declaración jurada de emisiones y
  • Cumplir con las regulaciones que requieren el desarrollo de inventarios de emisiones muy completos.
    El marco legal provincial para el control de emisiones gaseosas incluye el decreto 3395/96 reglamentario de la ley 5965, y resoluciones Nº 279/96, 242/97 y 374/98 que establecen normativas para los generadores de emisiones gaseosas respecto de identificación y caracterización de emisiones, conductos de descarga, concentraciones máximas permitidas, caudales de descarga, medición, sistema de tratamiento, dispersión a la atmósfera, etc., necesarias para la obtención del Permiso de Descarga de Efluentes Gaseosos.

    En el ámbito local fue recientemente promulgada la ley 12530 que establece el Programa Especial para la Preservación y Optimización de la Calidad Ambiental, cuya jurisdicción de aplicación es el Polo Petroquímico y el Área Portuaria del Distrito de Bahía Blanca. En su artículo 4º esta ley delega en el Municipio local las facultades de control de emisiones gaseosas y efluentes líquidos de origen industrial.

    Otras de las actividades vinculadas a emisiones gaseosas que también prevé la ley 12530 son: la realización de un inventario de emisiones gaseosas industriales; definir niveles guía de calidad del aire en función de las condiciones propias de la atmósfera y de la carga de emisiones antrópicas reales; realizar un pronóstico de inmisiones; planificar para cada industria los monitoreos de emisiones; llevar un registro de las empresas generadoras de emisiones gaseosas, etc.

    Fuente: Prensa MBB

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