Durante un encuentro con representantes de organizaciones del sector y funcionarios municipales, el Foro de Organizaciones de Tierra, Infraestructura y Vivienda de la Provincia de Buenos Aires presentó los aspectos salientes del proyecto de ley de Promoción del Hábitat Popular, que el Parlamento bonaerense podría tratar en breve.
Asentamientos y villas forman parte de un problema estructural de vivienda en la Provincia de Buenos Aires, que se deja ver también en el otro extremo de la pirámide social, como countries, cementerios privados, emprendimientos comerciales o la lisa y llana especulación de la tierra.
Este escenario, que es la pintura diaria del conurbano bonaerense, también percibe en escenarios más pequeños, como es el caso de nuestra ciudad, e incluso las urbes y comunidades más chicas que la rodean en la región del sudoeste bonaerense.
Esto ocurre en momentos en que siguen vigentes leyes de tierra escritas durante la última dictadura cívico militar, mientras los índices elaborados a la fecha por organizaciones del sector calculan que en la provincia bonaerense 850 mil familias (unas cuatro millones de personas) sufren problemas de hábitat al no poder refaccionar o ampliar su casa, si es que pueden hacerse a la idea de siquiera alguna vez llegar a tener suelo y techo propios.
Ante esta alarmante realidad, que se agrava cada año cuando 200 mil personas se agregan a la población bonaerense a través de la migración interna o los nacimientos, representantes del conurbano bonaerense del Foro de Organizaciones de Tierra, Infraestructura y Vivienda de la Provincia de Buenos Aires (FOTIVBA) se reunieron durante el pasado fin de semana con sus pares de la organización en la zona sur.
El viernes 13 tuvo lugar una charla abierta a toda la comunidad donde se abordó, entre otros temas, el proyecto de ley que se impulsa para reformar la legislación relativa al uso del suelo urbano y la situación habitacional en un marco mayor que permite titularlo como “Proyecto de Ley de Promoción del Hábitat Popular”. De la discusión participó un buen número de miembros de organizaciones sociales, funcionarios, trabajadoras sociales y vecinos afectados por la problemática.
Tres puntos tres
El mencionado proyecto de ley se basa en tres principios rectores. El primero tiene que ver con “el derecho a la ciudad y a la vivienda”, que implica que “todos tenemos derecho a gozar de los beneficios de la ciudad”.
El segundo punto rector se relaciona con “la función social de la ciudad y la propiedad”. Esto incluye dejar de lado el concepto de que “cada cual hace lo que quiere con su propiedad”, que se presta a la especulación inmobiliaria, por ejemplo, cuando el Estado realiza obras públicas que elevan el precio de la tierra en cuestión. “Tampoco puede ser que algunos acaparen tanto y otros se queden sin nada. Todo lo que se hace en lo propio tiene repercusiones en lo colectivo.
La propiedad es un derecho de todos y debe estar al servicio de una vida mejor para todos”, enuncia el decálogo que oficia como presentación del proyecto, distribuido el viernes al cabo de la reunión abierta.
Como tercer punto basal que guió la elaboración y corrección de la posible legislación, se encuentra “la gestión democrática de la ciudad”. “Si estamos en democracia, la ciudad debe ser una creación de todos, planificada por todos, gestionada por todos y evaluada por todos. Se participa en la gestión y se gozan los resultados”, indican los promotores del recorrido.
Estos puntos forman parte del segundo capítulo del texto, elevado al Ministerio de Infraestructura del gobierno provincial.
Un recorrido
La autoridad de aplicación de la ley, en caso de aprobarse, tomará la forma de un Consejo Provincial de Vivienda y Hábitat, que incluirá a representantes propios y dispone de bancas para organizaciones de la sociedad civil “con trayectoria y experiencia en la promoción del derecho a la tierra y la vivienda de grupos vulnerables”, cuatro representantes por los municipios de toda la provincia y otros dos miembros en representación de las universidades públicas que tengan sede en el territorio bonaerense.
La primera sección del proyecto -que ya pasó doce correcciones en instancias de consulta con organizaciones del sector- versa sobre los programas a implementarse, marcando que “la Autoridad de Aplicación y los municipios impulsarán, a través de programas específicos todos aquellos proyectos e iniciativas habitacionales y de urbanización que promuevan procesos de organización colectiva de esfuerzo propio, ayuda mutua y autogestión del hábitat a través de cooperativas, mutuales o asociaciones civiles sin fines de lucro debidamente constituidas, incluyendo la gestión y administración cooperativa de los conjuntos habitacionales una vez construidos”.
También dispone la creación de un programa de lotes con servicios, para facilitar el acceso al suelo urbanizado para las familias de la provincia.
El duodécimo artículo del texto, indica que “en ningún caso se admitirán” vías públicas vehiculares de menos de catorce metros de ancho en la urbanización de las tierras, excepto en calles de servicio donde el mínimo pasará a ser de once metros, por ciento cincuenta de longitud máxima.
Tampoco se permitirá la constitución de parcelas con una superficie menor a doscientos metros cuadrados y ocho metros y medio de frente, excepto cuando la urbanización contemple la cesión de terrenos para la disposición de espacios verdes en el sector.
En cuanto a la infraestructura con que deberán contar los proyectos de urbanizar, el artículo 13 marca que como mínimo deben prever desagües pluviales, energía eléctrica de uso público y domiciliario, provisión de agua potable “en calidad y cantidad”, cloacas y forestación.
Integrar para vivir
La segunda sección del proyecto de ley trata sobre la integración de villas y asentamientos a la urbanización global, definido como “el conjunto de acciones que, de forma progresiva, integral y participativa, incluyan, entre otras, la construcción y/o mejora y ampliación de las viviendas, del equipamiento social y de la infraestructura, el acceso a los servicios, el tratamiento de los espacios públicos, la eliminación de barreras urbanas cuando existieran, la mejora en la accesibilidad y conectividad, el saneamiento y/o mitigación ambiental y la regularización dominial”.
Las relocalizaciones que eventualmente se dispongan a partir de la promulgación de la ley, deberán obedecer a tres factores: las necesidades de reordenamiento urbano, hacinamiento de hogares y el riego social, hidráulico o ambiental que la situación promueva. En este sentido, se garantiza la participación activa de los habitantes del lugar, ya sea en forma individual o colectiva.
Un crédito al futuro
El vigésimo artículo de la ley ordena la creación de “un sistema de financiamiento y asistencia técnica para la mejora del hábitat popular que estará destinado a familias de bajos recursos con déficit urbano habitacional y que no son consideradas sujetos de crédito por la banca formal”. Dicho sistema deberá ser ejecutado a través del Instituto de la Vivienda de la provincia.
En otro orden, la cuarta sección del proyecto establece que “los planes y normas urbanísticas municipales deberán establecer en forma explícita zonas especiales y reservas de tierras en predios vacantes u ocupados, con la finalidad de asegurar las condiciones legales para la puesta en marcha de procesos de regularización urbana y dominial, resguardar la permanencia de la población residente y/o promover la construcción de viviendas y urbanizaciones sociales planificadas”.
Compartir el suelo
Otro de los puntos interesantes del proyecto comentado se vincula con la cesión de suelo que prevé para casos de grandes transacciones y emprendimientos inmobiliarios.
Otro de los puntos interesantes del proyecto comentado se vincula con la cesión de suelo que prevé para casos de grandes transacciones y emprendimientos inmobiliarios.
En concreto, el artículo 25 reglamenta una cesión obligatoria del diez por ciento del valor de las tierras compradas al municipio de asiento en caso de emprendimientos que tengan por objeto la construcción de countries o clubes de campo, cementerios privados o grandes superficies destinadas al rubro comercial, que excedan los cinco mil metros cuadrados. Los fondos podrán abonarse mediante el pago de dinero en efectivo o con la cesión de un terreno de valuación equivalente, y estarán destinados exclusivamente a la construcción de vivienda y/o la urbanización de tierras.
En cuanto a las expropiaciones, la séptima sección del proyecto declara “de utilidad pública y sujeto a expropiación los bienes inmuebles necesarios para la ejecución de los Planes de Obras del Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires destinados a cumplir con los fines generales previstos”.
A su vez, faculta al mencionado organismo para “celebrar arreglos directos con los propietarios, para la adquisición de aquellos terrenos que se consideren necesarios y para la posible constitución de servidumbres”, estableciendo además que “en caso que estas tratativas resulten negativas y se deba promover el pertinente juicio de expropiación, el mismo se tramitará por la Fiscalía de Estado, organismo que asumirá la representación del Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires”.
El texto prevé además que los mismos Municipios podrán participar en la valuación y revaluación de las propiedades, cuando se modifiquen las condiciones de urbanización o se ejecute obra pública que beneficie al sector y no haya estado financiada por un mecanismo de contribución de mejoras.
¿Qué es el FOTIVBA?
El Foro de Tierra, Infraestructura y Vivienda de la Provincia es un organismo que nuclea y articula a las organizaciones bonaerenses vinculadas a la temática de la tierra.
El Foro de Tierra, Infraestructura y Vivienda de la Provincia es un organismo que nuclea y articula a las organizaciones bonaerenses vinculadas a la temática de la tierra.
Surgido en 2004, el FOTIVBA madura como un espacio de análisis, discusión y propuesta para las entidades que lo conformaron.
Entre sus objetivos figuran “incidir en la definición de políticas de hábitat, garantizar la participación de los actores involucrados en la solución de los problemas que afectan a la región, promover la participación de otros actores en este espacio de articulación, discutir los programas de vivienda vigentes, proponer una agenda con los temas que las políticas actuales no están cubriendo y conformar una fuerza social que monitoree y colabore en la implementación de las políticas”.
Desde su fundación, el FOTIVBA trabaja en tres líneas de acción: organizar el tejido social, ejecutar proyectos de vivienda y urbanización y elaborar proyectos legislativos como el reseñado. En su organización sureña agrupa al área Vivienda de Cáritas Bahía Blanca, Acción Bahiense Comunitaria, Ser Comunidad y Vivienda Social Iglú, todas de Bahía Blanca; Coopteba y CTA, de Carmen de Patagones; Federación de Tierra y Vivienda, de Tres Arroyos; en su composición inicial.
Fuente: Eco Días
